El aumento en el precio de los electrodomésticos, debido al salto del dólar y la falta de insumos importados para repararlos genera preocupación y enciende las alarmas.
Esta vez un grupo de diputados nacionales de diferentes fuerzas políticas, presentó un proyecto para que las empresas fabricantes de aparatos electrónicos coloquen un etiquetado para conocer así su vida útil y su índice de reparabilidad.
La intención de la iniciativa que encabeza el diputado de la Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro, es establecer una política pública destinada a la prolongación de la vida útil de los aparatos eléctricos y electrónicos, con el objeto de favorecer la economía circular y de reducir la generación de los residuos resultantes de este tipo de productos (RAEES), con la incorporación de un etiquetado frontal, similar al que existe hoy con determinados alimentos.
Asimismo, el proyecto se encuadra como una iniciativa que colabora con la lucha contra la obsolescencia programada, favoreciendo la transición hacia una industria que priorice diseños que aporten robustez, y facilidad de reparación para los distintos bienes de uso de tipo eléctricos y electrónicos, por sobre alternativas de diseño destinadas al rápido descarte y reemplazo por modelos “más novedosos”.
También firman el proyecto diputados de otros bloques, como Graciela Camaño de Identidad Bonaerense, entre otros.
Etiquetado frontal para celulares: ¿Qué propone el proyecto?
Otra de las novedades incluidas en la iniciativa es la intención de promover el desarrollo sostenible como instrumento de la política y gestión ambiental en los términos de la Ley General del Ambiente. De esta manera se propicia el desarrollo de nuevas alternativas tecnológicas para evitar el descarte, y fortaleciendo los talleres de reparación nacionales, traduciéndose en la creación de nuevos empleos verdes.
“Estamos hablando de una ley que nos ayudará a avanzar en el camino de un consumo más responsable y más sustentable, colaborando con la minimización en la generación de residuos y en la disminución de emisiones de gases de efecto invernadero asociadas al consumo y producción desmedida”, precisó Ferraro en declaraciones a iProfesional.
Según Ferraro, “los etiquetados de este tipo, como ya hemos visto con los sellos en los alimentos o con las etiquetas de eficiencia energética en los electrodomésticos, permiten a los consumidores tomar decisiones más informadas, no le genera costos al Estado y tiene un amplio abanico de beneficios, evitando compras innecesarias a la ciudadanía, mejorando la gestión y reciclado de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos e impulsando los oficios que tienen que ver con la reparación e incluso la fabricación de repuestos en territorio nacional”.
“Esta ley no viene a prohibir ni a limitar, simplemente obliga a informar para que los consumidores puedan elegir el producto que les resulte más conveniente. Además, se establece un plazo razonable para que productores e importadores puedan aplicar los cambios en el packaging e incluso repensar diseños -si así lo desean- sin necesidad de modificar aquellos que ya están en el mercado”, afirmó Ferraro.
Celulares y notebook con etiquetado frontal: los antecedentes
El proyecto recoge el antecedente de la ley francesa N° 2020-105 del 10 de febrero de 2020 relativa a la lucha contra el derroche y sobre economía circular.
Entre otras cuestiones, la norma se ocupó de incorporar la obligación de incluir un etiquetado de reparabilidad en distintos equipos eléctricos y electrónicos. De esta forma, Francia se convirtió durante el año 2021 en el primer país en lanzar esta etiqueta obligatoria para smartphones, portátiles y algunos otros productos.
En tanto, este proyecto de ley hace hincapié en la necesidad de que sea la Autoridad de Aplicación la encargada de establecer el método de cálculo del índice de reparabilidad así como de controlar su correcta aplicación, a los fines de evitar cualquier tipo de generación de competencia desleal.
Francia fue el primer país con contar con etiquetado frontal en productos electrónicos.
Un tiempo después de la sanción de la ley francesa, el Parlamento Europeo, en el mismo sentido, votó a favor del derecho a reparar de los consumidores.
La resolución fue aprobada con 395 votos a favor, 94 en contra y 207 abstenciones, obligando a los fabricantes a incluir una etiqueta visible en sus productos con un índice que mida qué tan fácil es cada producto de reparar, de manera que el consumidor pueda conocer este dato a la hora de decidir su adquisición.
Esta votación demanda a la Comisión Europea que desarrolle e introduzca un etiquetado obligatorio en todos los productos electrónicos que proporcione al consumidor una información clara sobre la vida útil estimada y la capacidad de reparación de un producto.
Este proyecto incluye además la obligación de considerar, para la puntuación, las posibilidades de cada aparato de “modernizarse”, tanto a nivel hardware como a nivel software.
De esta forma, propicia la posibilidad de que, en el futuro, los fabricantes de los distintos productos alcanzados incorporen en sus planes de diseño la posibilidad de “aggiornar” los distintos modelos como alternativa a la compra de un nuevo modelo.
Por ejemplo, los modelos de telefonía celular de larga duración podrían actualizar los distintos componentes -pantalla, o cámara, o tecnología de red- para adecuarse a las innovaciones tecnológicas, sin necesidad de un descarte anticipado e innecesario del modelo.
El proyecto propone que celulares, notebooks y otros dispositivos cuenten con un índice de reparabilidad y durabilidad.
El proyecto busca ampliar los derechos del consumidor, en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor, ya que se le garantiza el acceso a la información adecuada sobre las posibilidades de reparación de los productos que se consumen.
¿Qué productos ya tienen etiquetado frontal?
Deben declarar el etiquetado nutricional frontal los alimentos y bebidas analcohólicas que:
Estén formulados, elaborados, y envasados en ausencia del cliente
Tengan agregado de azúcares y/o sodio y/o grasas como ingredientes propiamente dichos o como parte de otros ingredientes de la fórmula.
Las cantidades de azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas totales, sodio y/o energía en el producto listo para el consumo (preparado de acuerdo a las instrucciones del fabricante, si corresponde) sean iguales o superiores a los límites establecidos por el Decreto N°151/22.
También alimentos y bebidas analcohólicas que contengan edulcorantes y/o cafeína deberán declarar:
La o las leyendas precautorias pertinentes, y además
Los nutrientes críticos y/o energía en el producto listo para el consumo que superen los límites establecidos por los puntos de corte.
Fuente: IProfesional