Tras la aprobación del Paquete Fiscal en el mes de junio y promulgada en este mes se advierten varias novedades a tener en cuenta: topes de facturaciones, nuevos impuestos para comerciantes y locales a partir del 1 de enero del año próximo y la recategorización del monotributo con fecha límite el pasado 9 de agosto.
Las personas beneficiadas con el reintegro
Cuando ingresas a la AFIP con tu Clave Fiscal y querer realizar el trámite de manera correcta se deben cumplir ciertos requisitos:
- Pago electrónico: las cuotas deben haber sido abonadas de forma electrónica y tienen que haberse emitido a través de “Comprobantes en línea” o del “Facturador móvil”.
- Domicilio Fiscal Electrónico: es de carácter obligatorio estar registrado en el servicio “Domicilio Fiscal Electrónico” de AFIP.
- Recategorización: se debe realizar la recategorización en enero y julio de cada año, según corresponda en cada caso. Es necesario recordar que la fecha límite fue el pasado 9 de agosto.
Cómo deben solicitar el reintegro
Los contribuyentes que cumplen con los requisitos tienen que seguir los siguientes pasos:
- Contacto telefónico: llamando a la entidad bancaria de la tarjeta de crédito por la que se pagan las cuotas mensuales.
- Página oficial del Monotributo: ingresando a través del sitio web de AFIP y llenar el formulario para la devolución de percepciones.
- Utilizando clave fiscal: a través del servicio “Declaración de CBU”.
Por su parte, la Administración de Ingresos Públicos realizará un historial de pagos y en caso de ser aceptado se podrá obtener la devolución tras cumplir con las cuotas mensuales y anual de manera correcta.
Fuente: Minuto Uno