Entre las fundamentaciones, el Procurador informó que el sistema de control interno previsto está incluido en la Ley de Administración Financiera y de los Sistema de Control del Sector Pública Nacional N° 24.156 y de aplicación a las Universidades Nacionales sin contradecir ni vulnerar la autonomía funcional y la autarquía administrativa- financiera que les reconoce la Constitucional Nacional, reglamentada a través de la Ley de Educación Superior 24.521.
De esta forma, y a través del Dictamen, Barra emitió su opinión sobre el encuadre normativo del ejercicio de control de la SIGEN en el ámbito de las Universidades Nacionales y las incluye dentro de la Ley de Administración Financiera (LAF), sus normas reglamentarias y complementarias.